Facturar desde España al extranjero: UE, LATAM y EE. UU. en 2026
IVA en operaciones intracomunitarias, exportaciones a LATAM y EE. UU., ROI, modelo 349 y cómo emitir la factura correcta desde España como autónomo.

Actualizado: 6 de julio de 2026.
TL;DR: Facturas a la UE (empresa con VAT) → sin IVA con ROI + Modelo 349. Facturas fuera de la UE (LATAM, EE. UU., Reino Unido) → sin IVA por ser exportación de servicios. Facturas a particulares extranjeros → depende del tipo de servicio.
Cliente en la UE con VAT válido
Necesitas estar dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). Se pide con el Modelo 036 (casilla 130, página 5, solicitud de alta en ROI).
Factura sin IVA, mencionando "operación intracomunitaria — inversión del sujeto pasivo (art. 196 Directiva 2006/112/CE)".
Declaras la operación en Modelo 349 (trimestral).
Comprueba el VAT del cliente en VIES antes de emitir.
Cliente empresa en LATAM, EE. UU., Reino Unido u otros terceros países
Servicios prestados a empresas fuera de la UE = exportación de servicios, sin IVA (art. 69 LIVA, regla general B2B).
No se declara en Modelo 349 (solo aplica a la UE), pero sí en el Modelo 303 (casilla 60, exportaciones).
Cliente particular en el extranjero
Depende del tipo de servicio:
Servicios digitales (SaaS, apps, ebooks…) a particulares UE: IVA del país del cliente (régimen OSS/One-Stop Shop).
Servicios digitales a particulares UE: IVA del país del cliente (régimen OSS) si superas los 10.000 € anuales de ventas a particulares de otros estados miembros. Por debajo de ese umbral puedes aplicar IVA español.
Servicios profesionales "generales" a particulares: IVA español (21 %) por regla general. Excepción importante: los servicios del artículo 69.Dos de la Ley del IVA (consultoría, asesoría, publicidad, abogacía, ingeniería, tratamiento de datos, cesión de derechos…) prestados a particulares establecidos fuera de la Unión Europea van sin IVA. No confundas los dos casos: el mismo servicio lleva IVA a un particular de Francia y no lo lleva a uno de Colombia.
Cómo debe quedar la factura
Datos completos del cliente + su VAT/tax ID.
Concepto en español o bilingüe.
Base imponible + "operación no sujeta a IVA español — art. 69/196".
Moneda: puedes facturar en USD/EUR; si es en moneda distinta, aplica tipo de cambio del BCE del día de la operación.
Errores frecuentes
Emitir factura intracomunitaria sin estar en ROI → la operación queda mal calificada y Hacienda te reclama IVA.
No presentar Modelo 349 aunque no lleve IVA (es obligatorio).
Cobrar en USD sin registrar el tipo de cambio del día.
Si facturas al extranjero, llevamos ROI + 303 + 349 + IRPF trimestral. Cuéntanos tu caso.