Volver al blog

    Facturar desde España al extranjero: UE, LATAM y EE. UU. en 2026

    IVA en operaciones intracomunitarias, exportaciones a LATAM y EE. UU., ROI, modelo 349 y cómo emitir la factura correcta desde España como autónomo.

    Facturar desde España al extranjero: UE, LATAM y EE. UU. en 2026

    Actualizado: 6 de julio de 2026.

    TL;DR: Facturas a la UE (empresa con VAT) → sin IVA con ROI + Modelo 349. Facturas fuera de la UE (LATAM, EE. UU., Reino Unido) → sin IVA por ser exportación de servicios. Facturas a particulares extranjeros → depende del tipo de servicio.

    Cliente en la UE con VAT válido

    • Necesitas estar dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). Se pide con el Modelo 036 (casilla 130, página 5, solicitud de alta en ROI).

    • Factura sin IVA, mencionando "operación intracomunitaria — inversión del sujeto pasivo (art. 196 Directiva 2006/112/CE)".

    • Declaras la operación en Modelo 349 (trimestral).

    Comprueba el VAT del cliente en VIES antes de emitir.

    Cliente empresa en LATAM, EE. UU., Reino Unido u otros terceros países

    Servicios prestados a empresas fuera de la UE = exportación de servicios, sin IVA (art. 69 LIVA, regla general B2B).

    No se declara en Modelo 349 (solo aplica a la UE), pero sí en el Modelo 303 (casilla 60, exportaciones).

    Cliente particular en el extranjero

    Depende del tipo de servicio:

    • Servicios digitales (SaaS, apps, ebooks…) a particulares UE: IVA del país del cliente (régimen OSS/One-Stop Shop).

    • Servicios digitales a particulares UE: IVA del país del cliente (régimen OSS) si superas los 10.000 € anuales de ventas a particulares de otros estados miembros. Por debajo de ese umbral puedes aplicar IVA español.

    • Servicios profesionales "generales" a particulares: IVA español (21 %) por regla general. Excepción importante: los servicios del artículo 69.Dos de la Ley del IVA (consultoría, asesoría, publicidad, abogacía, ingeniería, tratamiento de datos, cesión de derechos…) prestados a particulares establecidos fuera de la Unión Europea van sin IVA. No confundas los dos casos: el mismo servicio lleva IVA a un particular de Francia y no lo lleva a uno de Colombia.

    Cómo debe quedar la factura

    • Datos completos del cliente + su VAT/tax ID.

    • Concepto en español o bilingüe.

    • Base imponible + "operación no sujeta a IVA español — art. 69/196".

    • Moneda: puedes facturar en USD/EUR; si es en moneda distinta, aplica tipo de cambio del BCE del día de la operación.

    Errores frecuentes

    • Emitir factura intracomunitaria sin estar en ROI → la operación queda mal calificada y Hacienda te reclama IVA.

    • No presentar Modelo 349 aunque no lleve IVA (es obligatorio).

    • Cobrar en USD sin registrar el tipo de cambio del día.

    Si facturas al extranjero, llevamos ROI + 303 + 349 + IRPF trimestral. Cuéntanos tu caso.

    Última actualización: 30 de septiembre de 2026

    Contenido informativo. No sustituye al asesoramiento fiscal o laboral sobre tu caso concreto.

    ¿Necesitas ayuda con este trámite?

    Reservar y pagar 75 € + IVA

    Contactar por WhatsApp