Mi primera declaración de la Renta en España: ¿tengo que hacerla?
183 días, centro de intereses económicos y convenio de doble imposición: cómo saber si te toca declarar y qué pasa con los ingresos de tu país de origen.
Es la pregunta más repetida del primer año en España.
La regla de los 183 días
Si has pasado más de 183 días del año natural en España, eres residente fiscal y debes tributar por tu renta mundial. Da igual que parte de esos ingresos vinieran de tu país de origen.
Y si llevas menos de 183 días
No eres residente fiscal: no presentas Renta, pero podrías tener obligaciones como no residente (modelo 210) si tienes un piso aquí o has cobrado algo en España.
¿Tributas dos veces?
No. España tiene convenios de doble imposición con la mayoría de países. Lo que ya hayas pagado fuera, se descuenta de lo que te tocaría pagar aquí. Solo abonas la diferencia (si la hay).
Deducciones que mucha gente extranjera desconoce
- Por familia numerosa, aunque los hijos vivan fuera (con condiciones) - Por discapacidad de un ascendiente o descendiente - Tramos autonómicos: Madrid, Andalucía y otras comunidades han bajado mucho
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