Modelo 130: el pago fraccionado del IRPF del autónomo
El autónomo adelanta su IRPF cada trimestre con el modelo 130 y ajusta en la renta anual. Te explicamos el cálculo, las retenciones y los errores habituales.

Dos vías de pago: 130 o retención
El autónomo adelanta su IRPF de una de estas dos formas:
Modelo 130: pagos fraccionados trimestrales. Es la vía general.
Retención en factura: si facturas a empresas o profesionales, te retienen un porcentaje en cada factura y se lo ingresan a Hacienda por ti. Si más del 70% de tu facturación lleva retención, quedas exento del 130.
Cómo se calcula el 130
Cada trimestre sumas ingresos menos gastos deducibles del año hasta esa fecha, y aplicas el porcentaje de pago fraccionado sobre el rendimiento acumulado. Restas lo ya pagado en trimestres anteriores. Es un adelanto: el cálculo definitivo llega con la renta.
Estimación directa normal y simplificada
Casi todos los autónomos tributan en estimación directa simplificada, que permite aplicar una reducción por provisiones y gastos de difícil justificación con un límite anual sobre el rendimiento neto. La normal se usa en negocios más grandes y no tiene esa reducción automática.
La renta anual ajusta todo
En la declaración de la renta (abril-junio) se suman tus rendimientos de autónomo, se aplican tus circunstancias personales y se restan los pagos fraccionados y retenciones. Si adelantaste de más, te devuelven; si adelantaste de menos, pagas la diferencia.
Errores habituales
Facturar con retención cuando no procede (cliente final, operaciones exentas).
No presentar el 130 creyendo que "ya retienen" sin cumplir el requisito del 70%.
Olvidar deducir la cuota de autónomos como gasto: la cuota RETA es deducible en el IRPF.
El IVA va por otro carril: no lo mezcles con el IRPF. Lo explicamos en el modelo 303.