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    Contratar a tu primer trabajador: alta, nómina y coste real

    El salario bruto no es lo que te cuesta un empleado. Explicamos el alta como empresa, el contrato, la nómina y el coste total mes a mes.

    Contratar a tu primer trabajador: alta, nómina y coste real

    Antes del contrato: darte de alta como empleador

    1. Solicitar el código de cuenta de cotización (CCC) en la Seguridad Social.

    2. Comunicar en el modelo 036 que vas a practicar retenciones a trabajadores.

    3. Contratar la cobertura de accidentes de trabajo con una mutua.

    4. Tener un plan de prevención de riesgos laborales, aunque contrates a una sola persona.

    El contrato

    Se elige el tipo (indefinido como regla general; temporal solo en los supuestos tasados por la reforma laboral), se aplica el convenio colectivo del sector, que fija salario mínimo de categoría, jornada y complementos, y se comunica al SEPE a través de Contrat@ en los 10 días hábiles siguientes a la fecha de firma del contrato..

    El alta en Seguridad Social

    El alta debe ser previa al inicio de la prestación. No hay margen: un trabajador sin alta el primer día es infracción grave.

    Qué te cuesta realmente

    Sobre el salario bruto se suman las cotizaciones a cargo de la empresa (contingencias comunes, desempleo, FOGASA, formación, accidentes según actividad), que suponen un porcentaje adicional relevante. Además hay que provisionar pagas extras y vacaciones. La regla práctica: presupuesta entre un 30% y un 35% adicional sobre el salario bruto pactado en concepto de cotizaciones empresariales, más la parte proporcional de pagas extras y vacaciones si no están prorrateadas en nómina.

    Obligaciones mensuales

    • Nómina entregada al trabajador y firmada.

    • Liquidación de cuotas por el sistema SILTRA/Sistema RED.

    • Retenciones de IRPF: modelo 111 trimestral y resumen anual 190.

    • Registro diario de jornada.

    Si el trabajador es extranjero

    Necesitas comprobar que su autorización permite trabajar por cuenta ajena y en tu sector y provincia si está limitada. En Extranjería Clara resuelven la parte de permisos: ver trámites.

    Fuentes oficiales

    Preguntas frecuentes

    Última actualización: 14 de septiembre de 2026

    Contenido informativo. No sustituye al asesoramiento fiscal o laboral sobre tu caso concreto.

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